Nosotros te ayudaremos a que obtengas del Instituto Nacional del Derecho de Autor el certificado que proteja tus obras, y de esta forma, a que obtengas el reconocimiento y los beneficios económicos que te brinda el tener tus obras registradas.
Además, elaboraremos y presentamos a tu nombre o a nombre de la persona física o moral que mejor te convenga , la solicitud de registro de obra y toda la documentación que se requiera para cada caso en particular ante el INDAUTOR, a la cual le daremos el oportuno seguimiento que requiere.
Por favor lee nuestros términos y condiciones y aviso de privacidad que puedes encontrará en la parte inferior de nuestra página principal www.rucmarcas.com, ya que una vez que realizas un pago a RUCMARCAS se entenderá que has aceptado nuestros términos y condiciones.
1.- Que obras pueden ser objeto de registro ante el INDAUTOR:
2.- Cuales son los dos tipos de derechos de que goza un Autor:
Los derechos patrimoniales, que permiten que el titular de los derechos obtenga compensación financiera por el uso de sus obras por terceros; y
Los derechos morales, que protegen los intereses no patrimoniales del autor.
3.- Alguien más puede usar mi obra una vez que este registrada:
El titular de los derechos goza del derecho a autorizar o impedir determinados usos de la obra o, en algunos casos, a recibir una remuneración por el uso de la obra (por ejemplo, por medio de la gestión colectiva). El titular de los derechos patrimoniales de una obra puede prohibir o autorizar:
4.- En donde debo registrar mi obra:
La debes registrar ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor.
5.- Cuantos años estará protegida mi obra:
Toda la vida del autor y cien años contados a partir de su muerte
6.- Necesitan mi FIEL o contraseñas del SAT para registrar mi Obra:
No son necesarias.
7.- Cuanto tiempo tarda el INDAUTOR en emitir mi certificado de registro de obra:
El INDAUTOR tiene un trámite de registro para cualquier tipo de obra llamado “Registro Express”, el cual consiste en entregar el certificado de registro el mismo día que se ingresa siempre y cuando no exista algún tipo de requerimiento que atrase el trámite.
8.- Quien me puede asesorar de la mejor manera para registrar mi obra:
Un experto en la materia de Propiedad Industrial y Derecho de Autor como los que encontrarás en RUCMARCAS.
9.- Que es una obra:
Se considera obra a toda creación del intelecto humano.